Mudanzas
Transporte de carga
A nivel de planificación territorial contribuyen a orientar el ordenamiento de las actividades no residenciales.
En zonas A y B (en los casos que corresponda) son las vías por las que se debe transitar cuando se circula con un vehículo de carga en carácter de excepción o tolerancia, luego de que se realiza la solicitud de autorización para circular correspondiente.
En Zona C configuran la red vial por la pueden transitar los vehículos de carga de gran porte (tractor con semirremolque y/o tractor con remolque) sin restricciones. Por fuera de dichas vías, para el tránsito de vehículos de gran porte se debe realizar la correspondiente solicitud de autorización para circular.
Se trata de zonas públicas para la exclusiva realización de tareas de carga y descarga de mercadería desde vehículos afectados a estas actividades por un tiempo máximo de 15 minutos.
En estas zonas no está permitido el estacionamiento de ningún tipo de vehículos (incluidos vehículos de carga) por más de 15 minutos. De constatarse por el Servicio de Inspección de Tránsito tal situación, el vehículo es pasible de sanciones y/o guinchado.